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Alianza Ciudadanos por la Libertad envía observaciones al reglamento de Ética Electoral

mayo 13, 2021

El Partido Ciudadanos por la Libertad (CxL), envió este jueves al Consejo Supremo Electoral, (CSE), una serie de observaciones del proyecto de Reglamento de Ética Electoral que emitió este Poder del Estado y remitió ayer en consulta los partidos políticos, en donde CxL señala que “el CSE pretende legislar vía reglamento para imponer a los ciudadanos restricciones a las libertades individuales, particularmente a la libertad de prensa y libertad de expresión”.

Según Ciudadanos por la Libertad, el CSE, en el artículo 2 de dicho Proyecto de Reglamento, se amplía los sujetos obligados pasando de “las organizaciones políticas participantes en el proceso electoral, a una lista de personas naturales y jurídicas, que va desde las organizaciones políticas participantes y las personas que ejerzan funciones por cuenta de ellas, hasta los presentadores de programas de comunicación y la ciudadanía en general, lo cual excede los alcances de un Reglamento de Ética Electoral, cuya función es establecer normas de conducta ética a las organizaciones participantes en el proceso electoral”, menciona CxL.

Otra observación que señala el opositor Partido Ciudadanos por la Libertad, es el artículo 6 del Proyecto de Reglamento, en donde enumera una serie de conductas que tipifica como delito electoral, lo cual resulta notoriamente improcedente en una norma reglamentaria, porque violenta el principio de legalidad penal consignado en el artículo 34, numeral 11, de la Constitución Política, que establece el derecho “A no ser procesado ni condenado por acto u omisión que, al tiempo de cometerse, no esté previamente calificado en la ley de manera expresa e inequívoca como punible, ni sancionado con pena no prevista en la ley”, expresa CxL.

Añade que tal pretensión del CSE, de tipificar delitos electorales a través del Reglamento de Ética Electoral es inconstitucional, porque, según CxL, la conducta pretendidamente tipificada se refiere a “propugnar o promover”, siendo por tanto la imposición de una limitación a la libertad de expresión. Adicionalmente, los conceptos cuya promoción o propugnación se pretende calificar con delito electoral, además de ser imprecisos, en su mayoría no tienen relación con aspectos electorales.

Por tanto, solicita que el referido artículo sea omitido del Reglamento de Ética Electoral.

Asimismo, CxL, mostró su desacuerdo con el artículo 9 del proyecto del Reglamento referido al material de capacitación que literalmente prohíbe a personas naturales y jurídicas que no estén autorizadas por la Ley Electoral o este Consejo a imprimir o reproducir, por cualquier forma total o parcial, documentos de capacitación que contengan conceptos y principios oficiales de la institución, todo material impreso y distribuido bajo esta prohibición será considerado delito electoral.

Por otro, resulta contrario al principio de publicidad de las normas jurídicas y al derecho a acceso a la información pública, pretender sancionar la reproducción de las normas legales relativas al proceso electoral.

“Por tal razón solicitamos que esta disposición sea eliminada del Reglamento de Ética y que el Consejo Supremo Electoral proceda en el más breve plazo a la emisión del Manual para Miembros de JRV, Manual de Procedimiento de Centros de Cómputo y demás documentos necesarios para la capacitación de nuestros fiscales” dice CxL.

Omisión de las prohibiciones para funcionarios y empleados del Consejo Supremo Electoral:

Adicionalmente, Ciudadanos por la Libertad, entre otras observaciones que tiene del Proyecto de Reglamento de Ética Electoral, es que omite las disposiciones sobre sobre las obligaciones y prohibiciones a los funcionarios y empleados del CSE, que estaban consignadas en los reglamentos emitidos en anteriores procesos electorales, así como la normativa para regular la prohibición de recursos del Estado para proselitismo político.

Descargar aquí: Carta CSE – Observaciones Reglamento de Ética Electoral 130521

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